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Sentencia SU-288 contribuirá a resolver informalidad de la tierra en Santander, Norte de Santander y Boyacá

Sentencia SU-288 contribuirá a resolver la alta informalidad de la tierra en departamentos como Santander, Norte de Santander y Boyacá

Ricardo Romero, subdirector de Procesos Agrarios y Gestión Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras – ANT. Foto: Daniel Castaño / ANT.

 

– Los alcances de esta sentencia, sobre el Régimen de Baldíos en Colombia, fueron socializados en Bucaramanga por la Agencia Nacional de Tierras – ANT.

 

– Más de 80 personas, entre ellas líderes de 50 organizaciones rurales, participaron en esta jornada de socialización dirigida a la región del Gran Santander.

 

– Entre otras órdenes, la SU-288, emitida por la Corte Constitucional, ratifica que la ANT es la única entidad que puede adjudicar baldíos de la Nación.

Bucaramanga, 14 de noviembre de 2023. @AgenciaTierras. La alta informalidad en la tenencia de la tierra, los conflictos agroambientales en zonas de ciénagas y de páramo y el elevado volumen de procesos agrarios, son algunas de las situaciones que caracterizan a la región del Gran Santander y que serán impactadas con la implementación de la sentencia SU-288 que unifica la aplicación del Régimen de Baldíos en Colombia.

 

Ricardo Romero, subdirector de Procesos Agrarios y Gestión Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras – ANT, explicó durante la socialización de la sentencia en Bucaramanga:

 

El fallo SU-288 busca resolver de manera definitiva circunstancias anómalas como la informalidad en la tenencia de la tierra que, en nuestro país, se concentra en el altiplano cundiboyacense, en la región Andina y en los departamentos de Norte de Santander y Santander”.

 

La jornada, realizada entre el 9 y el 10 de noviembre, contó con la participación de más de 80 personas, entre ellas líderes y lideresas de 50 organizaciones campesinas, étnicas, de pescadores, de mujeres rurales y de jóvenes de los departamentos de Santander, Norte de Santander y Boyacá.

 

La sentencia SU-288 fue emitida en 2022 por la Corte Constitucional, que identificó un conflicto de competencias entre algunos jueces de la República y la ANT por la adjudicación de los baldíos de la Nación. La Corte halló que, mediante sentencias de pertenencia, algunos jueces les otorgaron a particulares derechos de propiedad sobre terrenos baldíos, a pesar de que estos son imprescriptibles, es decir: no pueden ser declarados propiedad privada por autoridades judiciales.

 

Este problema quedó resuelto en la SU-288 porque la Corte unificó los criterios de interpretación de las normas que regulan el asunto de los baldíos en Colombia, trazó la ruta para el ordenamiento de la propiedad rural y ratificó que la adjudicación de baldíos le corresponde a la ANT y que no es posible que los juzgados tomen decisiones sobre la propiedad de estos predios de la Nación.

 

Entre otras medidas, en la SU-288 la Corte ordenó:

 

i) Poner en marcha la Jurisdicción Agraria

 

ii) Consolidar el catastro multipropósito

 

iii) Actualizar el sistema de registro

 

iv) Materializar el Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral

 

v) Ejecutar el plan de formalización masiva de la propiedad rural.

 

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