Pequeños y medianos productores tendrán dos años de gracia para el pago de sus obligaciones financieras con el FONSA
Se aprobó la ampliación del plazo de pago hasta el 2022 a 32.240 obligaciones adquiridas en el 2014 y 2015 por el Fondo Nacional de Solidaridad Agropecuaria (FONSA).
- Se aprobó la ampliación del plazo de pago hasta el 2022 a 32.240 obligaciones adquiridas en el 2014 y 2015 por el Fondo Nacional de Solidaridad Agropecuaria (FONSA).
- Se trata de una medida que beneficiará productores de 38 actividades productivas ubicados en todos los departamentos del país.
Bogotá, 9 de abril de 2020 (@Minagricultura- @ZeaNavarro )– El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Rodolfo Zea Navarro, informó que 32.240 obligaciones crediticias en cabeza de pequeños y medianos productores vendidas al Fondo Nacional de Solidaridad Agropecuaria (FONSA) contarán desde la fecha con una ampliación de dos años en el periodo de gracia.
“En el Fonsa, que es el fondo que compra la deuda de los productores del campo que por alguna razón perdieron sus cosechas, tenían plazo de pago este mes, con una medida que tomamos les diferimos ese plazo de pago en dos años. Con esto logramos beneficiar a 32.240 productores por $126.060 millones”, dijo el jefe de la cartera agropecuaria.
Además, Zea Navarro agregó que “productores dedicados a 38 actividades productivas, ubicados en la totalidad de departamentos del país, serán los que podrán utilizar esta medida”, puntualizó el jefe de la cartera agropecuaria.
De acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el saldo de capital para las 32.240 obligaciones es de $126.060 millones. Entre las principales cadenas productivas que se verán favorecidas están: Maíz, arroz, cacao, plátano, lácteos, entre otros.
El Ministro Zea Navarro agregó que con esta medida “se complementan las acciones adoptadas por los intermediarios financieros para hacer frente a la situación de emergencia que se viene presentando en el territorio nacional con relación a la propagación del COVID-19, y las cuales fueron establecidas por la Superintendencia Financiera de Colombia a través de Circulares Externas”.
Entre dichas medidas se encuentran la posibilidad de llegar a acuerdos en las condiciones de pago con las entidades financieras, como periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos. Esto último, sin tener efecto en la calificación del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo.